Nuestra casa de
estudios, forma parte del Consejo de Rectores, por consiguiente sus alumnos
acceden a los beneficios que se detallan a continuación, cuya gestión y
administración a cargo del Bienestar Estudiantil se cumple de acuerdo a la
normativa señalada por la División de Educación Superior del Ministerio de
Educación.
Gracias a la Gratuidad, las familias correspondientes al 60% de menores ingresos de la población, cuyos miembros estudien en instituciones adscritas a este beneficio, no deberán pagar el arancel ni la matrícula en su institución durante la duración formal de la carrera.
Para definir la clasificación socioeconómica de los estudiantes se considera la información entregada por los jóvenes a través del Formulario Único de Acreditación Socioeconómica (FUAS) al Ministerio de Educación, datos que son validados con las bases de distintos organismos del Estado.
Las instituciones en las que los alumnos de menores ingresos del país podrán estudiar gratis son aquellas declaradas elegibles según los requisitos establecidos en la ley y que acepten formalmente ingresar a esta política pública.
Institución Coordinadora: MINEDUC
Unidad a Cargo: Dirección de Actividades Estudiantiles
Órgano Interno a Cargo: Bienestar Estudiantil
Beneficio:
La gratuidad cubre la duración formal de la carrera que cursa un estudiante. Financia la matricula y el 100% del arancel de la carrera.
Requisitos de Postulación:
- Provenir de los hogares pertenecientes al 60% de menores ingresos del país.
- Matricularse en alguna de las instituciones adscritas a la Gratuidad.
- No contar con un título profesional previo o un grado de licenciatura terminal, obtenido en alguna institución nacional o extranjera.
- En el caso de los estudiantes con licenciatura, podrán acceder a Gratuidad si optan por cursar un programa conducente a un título de profesor o educador, pero sólo por la duración del plan de estudios de ese programa, que no puede exceder los cuatro semestres.
- Por otra parte, si el estudiante cuenta con un título técnico de nivel superior, podrá acceder a Gratuidad sólo si se matricula en una carrera conducente a título profesional con o sin licenciatura.
- Si ya es estudiante de Educación Superior, no debe haber excedido la duración formal de la carrera.
- Tener nacionalidad chilena, o bien ser extranjero egresado de enseñanza media en Chile y con residencia definitiva en el país.
Para acceder a gratuidad 2018, un estudiante nuevo o antiguo (con o sin becas y/o créditos vigentes) debe:
- Debe haber completado el Formulario Único de Acreditación Socioeconómica (FUAS) durante las fechas informadas en este sitio.
- Revisar la información de Nivel Socioeconómico que el Ministerio de Educación publicará durante el mes de diciembre. En esta etapa, los postulantes podrán saber si pueden ser sujetos de Gratuidad para el próximo año, por cumplir con el requisito socioeconómico para optar al beneficio. Aquellos estudiantes que tengan información inconsistente o incompleta sobre su situación socioeconómica, deberán presentar documentación de respaldo en su institución, al momento de matricularse.
- Matricularse en una institución adscrita a Gratuidad.
Antecedentes de Postulación:
Solo presentarán documentación para acreditar su situación económica, los y las estudiantes que habiendo completado el FUAS, no cuenten con un resultado de preselección definido producto de inconsistencias entre lo declarado en el FUAS y la información vigente en las bases del Estado.
Período de Postulación:
Para el año 2018, MINEDUC estableció dos períodos de postulación: Uno entre los meses de octubre y noviembre y otro período de rezagados entre los meses de febrero – marzo.
Requisitos de Renovación:
La Beca articulación, cubre la duración formal de la carrera y para ser renovada año a año, el estudiante solo debe presentar matricula vigente dentro de los plazos establecidos en alguna Institución de Educación Superior adscrita a gratuidad.
Tipo de acto que establece el programa o subsidio:
Denominación del acto
Fecha del acto
Numero de acto
Para mayor información respecto a este beneficio, el estudiante puede visitar el link http://www.gratuidad.cl/lo-que-debes-saber/
Individualización
del Acto que estableció el programa:
TIPO
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DENOMINACIÓN
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NÚMERO
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FECHA
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ENLACE
AL DOCUMENTO
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Decreto
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REGLAMENTA EL PROGRAMA DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
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97
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09-10-2013
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Decreto
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ESTABLECE DISTRIBUCION DE RECURSO, EN VIRTUD DEL LITERAL A) DE LA FORMULA DE CALCULO ESTABLECIDA POR EL ARTICULO TRIGESIMO OCTAVO TRANSITORIO DE LA LEY n°21.09, ENTRE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR QUE INDICA, BENEFICIARIAS PARA LA GRATUIDAD EN EL AÑO ACADEMICO 2018.
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302
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08/10/2018
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Decreto
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ESTABLECE DISTRIBUCION DE RECURSO, EN VIRTUD DEL LITERAL A) DE LA FORMULA DE CALCULO ESTABLECIDA POR EL ARTICULO TRIGESIMO OCTAVO TRANSITORIO DE LA LEY n°21.091, ENTRE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR QUE INDICA, BENEFICIARIAS PARA LA GRATUIDAD EN EL AÑO ACADEMICO 2018.
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374
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19/11/2018
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Enlace
a mayor información: Bienestar
Estudiantil
Nómina
de beneficiados:
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