Nuestra casa de
estudios, forma parte del Consejo de Rectores, por consiguiente sus alumnos
acceden a los beneficios que se detallan a continuación, cuya gestión y
administración a cargo del Bienestar Estudiantil se cumple de acuerdo a la
normativa señalada por la División de Educación Superior del Ministerio de
Educación.
Esta beca se encuentra destinada a estudiantes pertenecientes al 70% de la población de menores ingresos del país, que se matriculen en una carrera técnica impartida por alguna institución de Educación Superior (CFT, IP, universidad o escuela de las Fuerzas Armadas), o en una carrera profesional impartida por un instituto profesional. Las instituciones deben estar acreditadas ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de diciembre de 2017.
Este beneficio se entrega tanto a estudiantes que ingresan a su primer año en la Educación Superior, como a aquellos que ya cursan una carrera. Desde 2013, esta beca cuenta con 150 cupos especiales para estudiantes de primer año en situación de discapacidad (Beca Discapacidad).
Institución Coordinadora: MINEDUC
Unidad a Cargo: Dirección de Actividades Estudiantiles
Órgano Interno a Cargo: Bienestar Estudiantil
Beneficio:
Esta beca tiene tres modalidades. El monto de la ayuda dependerá de la situación socioeconómica del estudiante, y de los años de acreditación de la institución en la que se matricule.
- Beca Nuevo Milenio: Para estudiantes pertenecientes al 70% de la población de menores ingresos del país, que se matriculen en instituciones de Educación Superior acreditadas al 31 de diciembre de 2017, o que hayan sido eximidas del requisito de acreditación institucional por el Mineduc para 2018. Financia hasta $600.000 del arancel anual de la carrera.
- Beca Nuevo Milenio II: Para estudiantes pertenecientes al 50% de la población de menores ingresos del país, que se matriculen en instituciones de Educación Superior acreditadas al 31 de diciembre de 2017 por tres años. Financia hasta $860.000 del arancel anual de la carrera.
- Beca Nuevo Milenio III: Para estudiantes pertenecientes al 50% de la población de menores ingresos del país, que se matriculen en instituciones de Educación Superior acreditadas al 31 de diciembre de 2017 por 4 años o más. Financia hasta $900.000 del arancel anual de la carrera
Requisitos de Postulación:
- Ser chileno (a).
- No contar con un título profesional o técnico de nivel superior, o con una licenciatura terminal.
- No haber recibido becas de arancel de Mineduc en dos oportunidades distintas, con anterioridad a la postulación a este beneficio.
- Haber llenado y enviado adecuadamente el formulario de inscripción (FUAS) en las fechas correspondientes.
- Pertenecer al 70% de la población de menores ingresos del país.
- Haber obtenido un promedio de Enseñanza Media igual o superior a 5,0.
- Matricularse para el año académico 2018 en una carrera técnico profesional regular, impartida por una institución de Educación Superior acreditada ante la Comisión Nacional de Acreditación al 31 de diciembre de 2017, o que haya sido eximida del requisito de acreditación institucional por el Mineduc para 2018 (para la modalidad original del beneficio), o que sea elegible para las modalidades II y III de esta beca, según las condiciones descritas anteriormente.
- Acreditar la situación socioeconómica del grupo familiar, en caso de ser requerido. Para ello el estudiante debe presentar en la institución de matrícula los documentos descritos en la sección Matrícula y Evaluación Socioeconómica del sitio www.beneficiosestudiantiles.cl
-
Requisitos adicionales para estudiantes desde segundo año:
- Cumplir con el avance académico establecido, el que para efecto de las becas exige haber aprobado al menos el 60% de las asignaturas inscritas durante el primer año académico, si el alumno ingresa a segundo año; o tener aprobado el 70% de las asignaturas inscritas el año anterior, para estudiantes desde tercer año en adelante.
- Estar cursando la carrera dentro de los años de duración formal de ésta, según lo declarado en la Oferta Académica de la Institución.
Antecedentes de Postulación:
Solo presentarán documentación para acreditar su situación económica, los y las estudiantes que habiendo completado el FUAS, no cuenten con un resultado de preselección definido producto de inconsistencias entre lo declarado en el FUAS y la información vigente en las bases del Estado.
Período de Postulación:
Para el año 2018, MINEDUC estableció dos períodos de postulación: Uno entre los meses de octubre y noviembre y otro período de rezagados entre los meses de febrero marzo.
Requisitos de Renovación:
La beca Nuevo Milenio, cubre la duración formal de la carrera y para ser renovada año a año, el estudiante solo debe presentar matricula vigente y contar con el 60% de avance académico en primer año y 70% a partir de segundo año
Tipo de acto que establece el programa o subsidio: Decreto
Denominación del acto: Reglamenta el programa de Becas de Educación Superior
Fecha del acto: 02 de Junio de 2017
Numero de acto: 253
Para mayor información respecto a este beneficio, el estudiante puede visitar el link http://portal.beneficiosestudiantiles.cl/becas-y-creditos/beca-nuevo-milenio-bnm
Individualización
del Acto que estableció el programa:
TIPO
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DENOMINACIÓN
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NÚMERO
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FECHA
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ENLACE
AL DOCUMENTO
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Decreto Supremo
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Reglamenta
Programa de Becas de Educación Superior
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337
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26-08-2010
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116
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24-09-2012
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Decreto
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REGLAMENTA EL PROGRAMA DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR
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97
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09-10-2013
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Enlace
a mayor información: Bienestar
Estudiantil
Nómina
de beneficiados:
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